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RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se extingue la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Cheriz" de Zaragoza, por cese de actividades.

Publicado el 21/08/2018 (Nº 161)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Vista la solicitud de extinción de la autorización por cese de actividades docentes, formulada por la representante de la titularidad del Centro Privado de Educación Infantil "Cheriz" de Zaragoza, código de centro 50019652, con domicilio en calle Concepción, número 8, de Zaragoza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Acordar, a instancia de la parte interesada, la extinción de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Cheriz" código número 50019652, con domicilio en calle Concepción, número 8, de Zaragoza, por haber cesado de hecho en la actividad docente para la que fue autorizado.

Segundo.- La presente extinción de la autorización se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y se comunicará de oficio al Registro de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos establecidos por la normativa vigente en materia de autorización de centros docentes privados.

Cuarto.- La extinción de la autorización surtirá efectos a partir del 1 de agosto de 2018.

Quinto.- Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante la Consejera de Educación Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 31 de julio de 2018.

El Director General de Planificación y Formación Profesional.

El Secretario General Técnico de Educación, Cultura y Deporte

(Orden de suplencia de 4 de agosto de 2015),

Felipe Faci Lázaro